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Cómo importar y ensamblar vehículos eléctricos en Colombia con arancel del 0% bajo el Decreto 0595 de 2026

  • Autor Siacomex
  • 16 julio, 2026
  • 78 Visitas

El panorama de la movilidad sostenible en Colombia dio un giro histórico. Con la expedición del Decreto 0595 del 11 de junio de 2026, el Gobierno Nacional ha estructurado una política arancelaria y aduanera sin precedentes para convertir al país en un hub de producción y ensamble de vehículos eléctricos e híbridos. Si su empresa pertenece al sector automotriz, logístico o es un inversionista buscando oportunidades en el país, este decreto abre la puerta a exenciones arancelarias sumamente atractivas.

Sin embargo, acceder a estos beneficios no es un trámite aduanero común y corriente. El nuevo régimen exige el cumplimiento estricto de compromisos de inversión, empleo local y un porcentaje progresivo de integración nacional. En este artículo le explicamos de forma clara y sin tecnicismos innecesarios cómo funciona esta normativa y qué debe hacer su compañía para aprovechar los aranceles preferenciales del 0% y 5%.

¿Qué es el Decreto 0595 de 2026 y cuáles son sus dos pilares?

El Decreto 0595 de 2026 busca incentivar la reindustrialización y la transición energética en Colombia mediante dos grandes mecanismos aduaneros y de fomento industrial:

  1. Régimen de Transformación y Ensamble para Vehículos Eléctricos (RTE-E): Un mecanismo específico para el ensamble local de vehículos híbridos y eléctricos bajo modalidades desarmadas.
  2. Instrumento para Nuevos Proyectos Industriales de Movilidad Híbrida Enchufable y Eléctrica (INPIMHEL): Diseñado de forma autónoma y complementaria para facilitar el montaje físico, calibración y puesta en marcha de nuevas plantas de manufactura avanzada en el país.

Importante: Estos beneficios están dirigidos exclusivamente a empresas que realicen procesos de producción o ensamble con infraestructura industrial instalada en Colombia. No aplica para empresas dedicadas únicamente a la importación y comercialización ordinaria de vehículos terminados.

Los Beneficios Arancelarios: ¿Cómo lograr el 0% de arancel?

El decreto modifica temporalmente el Arancel de Aduanas e introduce la nueva Partida 98.03, abriendo tres oportunidades de ahorro en costos de importación:

1. Arancel del 0% para material CKD y SKD

Los vehículos híbridos enchufables (PHEV), híbridos de autonomía extendida (E-REV), eléctricos de batería (BEV) e híbridos completos (HEV) que se importen desarmados para ensamble nacional pagarán 0% de arancel bajo las siguientes subpartidas:

  • 9803.10.00.00: Vehículos obtenidos del proceso de transformación y/o ensamble de material CKD (Completely Knocked Down).
  • 9803.20.00.00: Vehículos obtenidos del proceso de transformación y/o ensamble de material SKD (Semi Knocked Down).

2. Arancel del 0% para el Componente Técnico Inicial

Durante la fase de instalación de su planta, podrá importar con arancel del 0% toda la maquinaria especializada, bancos de prueba, moldes, herramientas de calibración y software indispensables para el montaje. Esto aplica para una lista taxativa de subpartidas arancelarias aprobadas en su proyecto de inversión.

3. Arancel preferencial del 5% para vehículos terminados (CBU)

Como beneficio complementario mientras se estabiliza la planta, los beneficiarios del instrumento INPIMHEL podrán importar vehículos totalmente terminados (CBU) con un arancel preferencial del 5%. El decreto establece un cupo máximo de hasta 20.000 unidades anuales para los años 2026 y 2027, el cual se distribuirá de forma proporcional a la inversión ejecutada por cada empresa.

Requisitos obligatorios para acceder al beneficio

Para ser autorizado como beneficiario por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT), su empresa debe cumplir y certificar los siguientes requisitos:

  • Plan de Desarrollo Industrial Inicial (PDII): Un documento técnico detallado que describa el alcance del proyecto, calendario de montaje, capacidad de producción proyectada e hitos de inversión.
  • Memorando de Entendimiento (MOU): Firmar un acuerdo vinculante con el MinCIT donde se formalicen los compromisos del proyecto.
  • Mano de obra nacional: Se debe garantizar que al menos el 70% de la mano de obra utilizada en las actividades de ensamble, integración y validación técnica sea personal colombiano legalmente contratado.
  • Porcentaje de Integración Nacional: Para la modalidad CKD, es obligatorio incorporar paulatinamente componentes e insumos fabricados en Colombia bajo el siguiente cronograma progresivo:
Año Porcentaje Mínimo de Integración Local
2027 2%
2028 4%
2029 6%
2030 en adelante 8% (sujeto a revisión anual)

¿Cómo funciona el cupo de importación bajo la modalidad SKD?

Para acceder al cupo de importación y aplicar el arancel del 0% bajo la modalidad SKD (subpartida 9803.20.00.00), el beneficiario debe acreditar una producción mínima de un 15% de vehículos BEV (eléctricos de batería) y cumplir la siguiente fórmula matemática para calcular el límite de su cupo:

$$Cupo\ SKD = VPRO \times 0.5$$

Donde el Valor de Producción ($VPRO$) se calcula de la siguiente manera:

$$VPRO = (CKD \times TRM) + CNM + MO$$

  • CKD: Valor CIF en dólares (USD) de las partes y piezas importadas no originarias de Colombia.
  • TRM: Tasa Representativa del Mercado promedio mensual certificada por la Superintendencia Financiera.
  • CNM: Valor en pesos (COP) de los materiales productivos nacionales que tengan mínimo un 40% de valor agregado local.
  • MO: Mano de obra directa e indirecta y costos asociados al proceso de ensamble y control de calidad por unidad en Colombia.

Errores comunes que pueden hacerle perder los beneficios

  1. No contar con infraestructura real de ensamble: Registrarse pretendiendo obtener arancel cero siendo únicamente un distribuidor comercial de vehículos. Las visitas de auditoría física de la DIAN y el MinCIT son obligatorias.
  2. Intentar duplicar beneficios aduaneros: El artículo 39 prohíbe taxativamente acumular o doblemente contabilizar inversiones o producciones con otros programas de fomento (como PROFIA o IAMAS) para el mismo fin.
  3. Desviarse del Plan de Desarrollo Industrial (PDII): No cumplir con los hitos de inversión semestrales o fallar en el reporte de trazabilidad digital de los activos importados con arancel del 0%. Esto causará la suspensión inmediata de los beneficios y posibles sanciones aduaneras bajo el Decreto Ley 920 de 2023.

El Decreto 0595 de 2026 representa una oportunidad dorada para las empresas que decidan apostar por la industrialización verde en Colombia. Lograr un arancel del 0% en partes, piezas y maquinaria de montaje reduce drásticamente el costo de capital de instalación. Sin embargo, la complejidad aduanera para mantener la conformidad exige un control riguroso de inventarios, una correcta habilitación de depósitos ante la DIAN y una trazabilidad digital impecable de los insumos nacionales e importados.

La planificación correcta de la cadena de suministro y la estructuración del proyecto aduanero determinarán el éxito de su inversión bajo el Decreto 0595 de 2026. En Siacomex, como operadores logísticos 4PL y agencia de aduanas con amplia experiencia en regímenes especiales, podemos guiarle en la evaluación de la viabilidad de su proyecto, la estructuración de su Plan de Desarrollo Industrial Inicial (PDII) y la posterior habilitación de sus depósitos de transformación y ensamble ante la DIAN.

¿Quiere analizar si su proyecto de movilidad eléctrica califica para estos beneficios arancelarios? Póngase en contacto con uno de nuestros especialistas senior para una sesión de diagnóstico estratégico sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el arancel para importar vehículos eléctricos bajo CKD en Colombia?

Bajo el nuevo Decreto 0595 de 2026, los vehículos eléctricos e híbridos importados bajo el grado de desensamble CKD (subpartida 9803.10.00.00) gozan de un arancel del 0%, siempre que el importador esté debidamente autorizado en el régimen de ensamble nacional.

¿Qué es el Instrumento INPIMHEL?

Es el Instrumento para Nuevos Proyectos Industriales de Movilidad Híbrida Enchufable y Eléctrica. Se trata de un mecanismo de facilitación aduanera y arancelaria que otorga beneficios (como arancel cero en maquinaria inicial y cupos de importación de vehículos CBU con arancel del 5%) para incentivar el montaje de nuevas plantas de ensamble en Colombia.

¿Qué porcentaje de mano de obra local exige el Decreto 0595?

La norma establece de forma obligatoria que al menos el 70% de la mano de obra utilizada en las actividades de ensamble, integración, alistamiento y validación técnica dentro de la planta de producción debe ser personal de nacionalidad colombiana.

¿Puedo importar vehículos eléctricos terminados (CBU) con arancel del 0%?

No. El arancel del 0% aplica exclusivamente para los materiales desarmados bajo modalidades CKD y SKD. Los vehículos completamente terminados (CBU) importados por las empresas autorizadas en el marco del programa INPIMHEL cuentan con un arancel preferencial del 5%, sujeto a cupos anuales de hasta 20.000 unidades en 2026 y 2027

 

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