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Nuevo Requisito Aduanero para Drones en Colombia

  • Autor Siacomex
  • 4 diciembre, 2025
  • 292 Visitas

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha propuesto una modificación crucial a la Resolución 46 de 2019 que impactará directamente la importación de aeronaves no tripuladas (drones) y sus partes.

El proyecto de resolución busca establecer como requisito obligatorio la declaración anticipada para estas mercancías, clasificadas bajo las partidas arancelarias $88.06$ y $88.07$. Esta medida tiene como objetivo fortalecer el control aduanero sobre estos artículos.

Además de la declaración anticipada, la DIAN exige que el ingreso e importación de los drones se realice exclusivamente a través de dos puntos específicos en el país:

  • Los puertos bajo la jurisdicción de la Dirección Seccional de Aduanas de Cartagena.

  • El Aeropuerto Internacional El Dorado de Bogotá, bajo la jurisdicción de la Dirección Seccional de Aduanas Bogotá – Aeropuerto El Dorado.

Esta centralización busca optimizar la vigilancia y el cumplimiento de las normativas aduaneras para esta tecnología en crecimiento. La DIAN invita a los interesados a remitir sus comentarios sobre este proyecto a la dirección de correo electrónico Sub_Operacion_aduanera@dian.gov.co antes del 5 de diciembre de 2025.

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