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Resolución 2066 de 2024: Cómo importar alimentos a Colombia con la nueva ley de grasas trans

  • Autor Siacomex
  • 12 mayo, 2026
  • 65 Visitas

El Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Resolución 2066 de 2024. Esta normativa cambia las reglas del juego para cualquier empresa que fabrique, importe o comercialice alimentos envasados en el territorio nacional. El objetivo de este reglamento técnico es proteger la salud pública mediante la reducción de enfermedades cardiovasculares.

Si tu empresa pertenece al sector de alimentos o evalúas ingresar mercancía a Colombia, desconocer esta norma puede traducirse en retrasos aduaneros, sanciones por parte del Invima y mercancía retenida. En este artículo desglosaremos exactamente qué exige la nueva reglamentación, los límites técnicos permitidos y cómo preparar tu cadena de suministro internacional para cumplir con la ley sin frenar tus operaciones logísticas

¿Qué es la Resolución 2066 de 2024 y a quiénes aplica?

Esta normativa establece un reglamento técnico que define los usos y contenidos máximos de grasas trans industriales y de aceites parcialmente hidrogenados. Las disposiciones aplican obligatoriamente a:

  • Los alimentos envasados destinados para el consumo humano que se importen, procesen, transporten o comercialicen en el territorio nacional.
  • Los ingredientes empleados como materia prima para la industria de alimentos.
  • Todos los titulares de registro, permiso o notificación sanitaria en Colombia.

Es fundamental aclarar que este reglamento técnico exceptúa expresamente a las grasas trans naturales.

¿Cuánta grasa trans permite la norma?

Para los equipos de compras internacionales y coordinadores logísticos, conocer la formulación exacta de los productos en origen es ahora un requisito crítico. La norma establece los siguientes parámetros para los contenidos de grasas trans industriales:

  • Límite máximo permitido: La cantidad de grasas trans industriales no puede exceder los 2 gramos por cada 100 gramos o 100 mililitros de grasa total en el alimento.
  • Prohibición absoluta: Se prohíbe el uso de aceites parcialmente hidrogenados en el procesamiento de alimentos envasados para consumo humano.

Impacto en el etiquetado nutricional y controles del Invima

Desde la perspectiva de agenciamiento aduanero, las etiquetas son el primer filtro de nacionalización. El Invima y las autoridades competentes realizarán verificaciones rigurosas.

  • Declaración de grasas: Los alimentos envasados deben expresar su contenido de grasas trans en miligramos (mg) por cada 100 gramos o mililitros, y por porción.
  • Inspección de ingredientes: La autoridad competente verificará mediante inspección visual que en la lista de ingredientes no exista mención alguna sobre el uso de aceites parcialmente hidrogenados.

Las empresas importadoras cuentan con un periodo prudencial para adaptar sus cadenas de suministro y agotar inventarios:

  • Las disposiciones generales de la resolución entrarán en vigencia dieciocho (18) meses después de su publicación en el Diario Oficial.
  • La prohibición específica del uso de aceites parcialmente hidrogenados (establecida en el numeral 4.2 del artículo 4º) entrará a regir treinta y seis (36) meses después de su publicación.

Errores comunes al importar alimentos bajo esta normativa

  • Asumir que un producto global cumple en Colombia: Un alimento envasado importado desde Asia o Norteamérica puede tener una formulación válida en su país de origen, pero si excede los 2 gramos de grasas trans industriales por cada 100 gramos de grasa total, no podrá comercializarse aquí.
  • Descuidar la traducción de etiquetas: Si la etiqueta original o su traducción incluye términos que hagan referencia a aceites parcialmente hidrogenados, la mercancía enfrentará barreras insalvables al momento de su inspección.

La Resolución 2066 de 2024 representa un reto regulatorio que impacta directamente las operaciones de comercio exterior en Colombia. Auditar las formulaciones en origen, ajustar las declaraciones de etiquetado para que reflejen el contenido en miligramos y erradicar los aceites parcialmente hidrogenados de los ingredientes son pasos no negociables. Anticiparse a estos cambios garantizará que los flujos logísticos de tu empresa no se detengan en aduanas.

En Siacomex, como expertos en agenciamiento aduanero y logística integral, evaluamos preventivamente los requisitos técnicos de tu mercancía para que cruce las fronteras sin contratiempos. Analicemos juntos tu próxima importación para mitigar riesgos y asegurar el cumplimiento regulatorio.

Preguntas frecuentes:

¿Quién vigila el cumplimiento de la Resolución 2066 de 2024 en Colombia? El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) es la autoridad encargada de ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control para esta normativa.

¿La restricción del Invima aplica a las grasas trans de origen natural? No, las disposiciones contenidas en el presente reglamento técnico exceptúan la aplicación a las grasas trans naturales.

¿Qué pasa si mi producto importado declara aceites parcialmente hidrogenados en sus ingredientes? La norma exige que la lista de ingredientes no tenga mención alguna del uso de aceites parcialmente hidrogenados. Su uso está estrictamente prohibido en el procesamiento de alimentos envasados, por lo que el producto no sería apto para su comercialización en el país.

 

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