Exención de IVA para las Fuerzas Militares
La exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para las Fuerzas Militares, según lo establecido en el artículo 477 del Estatuto Tributario y el concepto aduanero número 100208192-107 de 2021, no se limita únicamente a las compras directas realizadas por las Fuerzas Militares. Esta exención puede extenderse a particulares que adquieren bienes y servicios en […]