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Nuevo Reglamento Técnico para Acristalamientos de Seguridad en Vehículos: Lo que Debes Saber

  • Autor Siacomex
  • 31 enero, 2025
  • 66 Visitas

Mediante la Resolución número 20223040044945 de 2022 del Ministerio de Transporte se estableció un nuevo reglamento técnico para los acristalamientos de seguridad utilizados en vehículos automotores y remolques. Esta normativa entrará en vigencia el próximo 23 de febrero de 2025, y es importante que las empresas importadoras, fabricantes y comercializadoras estén preparadas para su implementación.

A continuación, te explicamos los aspectos más relevantes de esta resolución y cómo puede afectar tus operaciones logísticas y aduaneras.

  1. ¿Qué regula esta resolución?

El nuevo reglamento técnico establece los requisitos que deben cumplir los acristalamientos de seguridad (como parabrisas, ventanas y lunas) que se fabriquen, importen o comercialicen en Colombia. Estos requisitos buscan garantizar la seguridad de los usuarios y prevenir riesgos asociados con la calidad de estos componentes.

La normativa aplica tanto para vehículos nuevos como para acristalamientos destinados a repuestos. Además, se alinea con estándares internacionales, como los Reglamentos ONU y las Normas Federales de Seguridad de Vehículos Motorizados (FMVSS) de Estados Unidos.

  1. ¿Cuándo entra en vigencia?

La resolución entrará en vigencia el 23 de febrero de 2025. Esto significa que, a partir de esa fecha, todos los acristalamientos de seguridad que ingresen al país o se comercialicen en Colombia deberán cumplir con los requisitos técnicos establecidos.

Sin embargo, es importante destacar que, durante los 12 meses posteriores a la entrada en vigencia, se permitirá la comercialización de vehículos y acristalamientos que hayan sido fabricados o importados antes de esa fecha, sin necesidad de cumplir con el nuevo reglamento. Eso sí, las empresas deberán conservar y presentar la documentación que acredite la fecha de fabricación o importación.

  1. Excepciones y trámites en la VUCE

Uno de los aspectos más importantes de esta resolución es que, en caso de que tu producto se acoja a una excepción o exclusión, se deberá informar expresamente durante el trámite a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). Además, de adjuntar toda la documentación que demuestre la situación de excepción a la que aplicas.

Algunas de las excepciones contempladas en la resolución incluyen:

Acristalamientos utilizados en maquinaria industrial no destinada a circular en vías públicas.

Vehículos para competencias o exhibiciones deportivas.

Acristalamientos que formen parte de vehículos clásicos o antiguos.

Productos destinados a procesos de ensayo o certificación.

Es fundamental que, al realizar el trámite en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), identifiques la excepción aplicable y aportes los medios probatorios necesarios para respaldar la correspondiente excepción.

  1. Partidas arancelarias y cumplimiento del reglamento

Un punto clave que destaca la resolución es que las partidas arancelarias mencionadas en el reglamento son sólo indicativas. Esto significa que, si un producto es considerado un acristalamiento de seguridad según la normativa, deberá cumplir con los requisitos técnicos establecidos, incluso si su ingreso o comercialización se realiza bajo una subpartida arancelaria distinta.

En otras palabras, no importa cómo esté clasificado el producto en la nomenclatura arancelaria; si se trata de un acristalamiento de seguridad, deberá ajustarse a lo dispuesto en la resolución.

Consejos para las empresas

Para evitar contratiempos y garantizar el cumplimiento de esta normativa, te recomendamos:

  1. Revisar tus productos: Identifica si los acristalamientos que importas o comercializas están sujetos a este reglamento, de igual forma las excepciones que puedan aplicar con este nuevo reglamento.
  2. Preparar la documentación: Asegúrate de contar con los certificados de conformidad, homologación o cualquier otro documento que acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos.
  3. Capacitar a tu equipo: Informa a tus colaboradores sobre los cambios y cómo afectan tus operaciones, así como estar alineados con los proveedores y la operación logística en general.
  4. Planificar con anticipación: Considera los plazos de implementación y ajusta tus procesos logísticos y aduaneros para cumplir con la normativa antes de su entrada en vigencia.

La Resolución 20223040044945 de 2022 es un paso importante hacia la estandarización y mejora de la seguridad en los vehículos que circulan en Colombia. Si bien su entrada en vigencia está muy próxima, es crucial que las empresas comiencen a prepararse desde ahora para evitar inconvenientes en sus operaciones.

En AGENCIA DE ADUANAS SIACOMEX SAS NIVEL 1, estamos listos para asesorarte en este proceso y garantizar que tus importaciones y comercializaciones cumplan con todas las normativas vigentes. 

¡No dudes en contactarnos para más información!

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